La falta de una Identidad
Marítima de nuestra Nación nos limita el entendimiento de la importancia de
contar con una marina mercante nacional (no siendo necesario que esta marina
sea formada por la inversión pública en la creación de una empresas naviera,
tema que no estoy de acuerdo) que debe promovida y el Estado debe facilitar la inversión privada
sean nacional o extranjera.
Entiendo que la población, que en
muchos casos nos mantenemos en la ignorancia inconsciente, no pueda entender
estos temas marítimos debido a que no nos han preparado para ser consientes que
tenemos un mar que nos brinda grandes oportunidades de desarrollo; lo que si no
entiendo es como nuestros PADRES DE PATRIA, puedan dar leyes que atenten con
nuestros intereses marítimos, entregando nuestro comercio de cabotaje a buques
de bandera extranjera.
JALANDO LA BANDERA A NUESTRAS NAVES
Fuente: https://2mil32.lamula.pe/2009/07/08/bandera-a-media-asta-iniciativa-de-todos/juaninfante/
Uso de dibujo para fines informativos, sin fines de lucro
Ha sido remitido para dictamen de la Comisión de Transportes y
Comunicaciones el Proyecto de Ley 1131/2016-CR presentado por la congresista Karla Melisa Schaefer quién sustenta su iniciativa en el Proyecto de Ley 711/2016-CR, presentado por el grupo
parlamentario Célula Parlamentaria Aprista, a iniciativa de la congresista Luciana
León Romero, por el que se propone la ley de promoción del cabotaje en las
operaciones de comercio exterior. Párrafo copiado del mismo dictamen
Se intenta modificar el artículo del párrafo 7.2 del artículo 7 de la Ley
28583, Ley de Reactivación y Promoción de la Marina Mercante Nacional quedando
como se indica
“Para el transporte acuático entre puertos peruanos
únicamente, y en los casos de inexistencia de naves propias o bajo las
modalidades a que se refiere el párrafo 7.1, se permitirá el fletamento de naves de bandera extranjera
para ser operadas, únicamente, por navieros nacionales o empresas navieras
nacionales, por un período de siete años a partir de la emisión del respectivo permiso de
navegación otorgado por la Dirección General de Transporte Acuático. Dicho plazo puede ser prorrogado por un plazo
de hasta un máximo de tres años, por el Ministerio de Transportes y
Comunicaciones.
Artículo 2. Construcción de naves en astillero nacional
Se permite el fletamento de naves de bandera
extranjera que tienen por finalidad la sustitución de una nave que se encuentra
en construcción dentro del territorio nacional, acreditado por el correspondiente
contrato de ejecución debidamente suscrito, hasta por un plazo no mayor a cinco
años adicionales.
La modificación de este artículo
modifica la esencia de la ley, dado que contratos de comercio marítimo se
llevan de 2 a 3 años como máximo, tiempo que es suficiente para traer naves de
bandera extranjera y terminado el contrato se van, así nunca tendremos una
Marina Mercante Fortalecida
Señores Congresistas, están destruyendo
nuestra marina mercante nacional con esta modificatoria, destruirán puestos de
trabajo, no crearemos know how, la ley puede perfeccionarse sin necesidad de
ampliar el pasavante.
Por último SRA. LUCIANA LEON, ¿QUIEN
LE PREPARO EL PROYECTO DE LEY?, entiendo que usted no podría haberlo elaborado porque después de haberla presentada colocó en su Twitter "Aprendiendo sobre el cabotaje"
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