miércoles, 5 de abril de 2017

TUMBANDO LA BANDERA DE NUESTRAS NAVES

La falta de una Identidad Marítima de nuestra Nación nos limita el entendimiento de la importancia de contar con una marina mercante nacional (no siendo necesario que esta marina sea formada por la inversión pública en la creación de una empresas naviera, tema que no estoy de acuerdo) que debe promovida y el Estado debe facilitar la inversión privada sean nacional o extranjera.


Entiendo que la población, que en muchos casos nos mantenemos en la ignorancia inconsciente, no pueda entender estos temas marítimos debido a que no nos han preparado para ser consientes que tenemos un mar que nos brinda grandes oportunidades de desarrollo; lo que si no entiendo es como nuestros PADRES DE PATRIA, puedan dar leyes que atenten con nuestros intereses marítimos, entregando nuestro comercio de cabotaje a buques de bandera extranjera.


JALANDO LA BANDERA A NUESTRAS NAVES

                    Fuente: https://2mil32.lamula.pe/2009/07/08/bandera-a-media-asta-iniciativa-de-todos/juaninfante/
                    Uso de dibujo para fines informativos, sin fines de lucro


Ha sido remitido para dictamen de la Comisión de Transportes y Comunicaciones el Proyecto de Ley 1131/2016-CR presentado por la congresista Karla Melisa Schaefer quién sustenta su iniciativa en el Proyecto de Ley 711/2016-CR, presentado por el grupo parlamentario Célula Parlamentaria Aprista, a iniciativa de la congresista Luciana León Romero, por el que se propone la ley de promoción del cabotaje en las operaciones de comercio exterior. Párrafo copiado del mismo dictamen

Se intenta modificar el artículo del párrafo 7.2 del artículo 7 de la Ley 28583, Ley de Reactivación y Promoción de la Marina Mercante Nacional quedando como se indica

“Para el transporte acuático entre puertos peruanos únicamente, y en los casos de inexistencia de naves propias o bajo las modalidades a que se refiere el párrafo 7.1, se permitirá el fletamento de naves de bandera extranjera para ser operadas, únicamente, por navieros nacionales o empresas navieras nacionales, por un período de siete años a partir de la emisión del respectivo permiso de navegación otorgado por la Dirección General de Transporte Acuático. Dicho plazo puede ser prorrogado por un plazo de hasta un máximo de tres años, por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Artículo 2. Construcción de naves en astillero nacional
Se permite el fletamento de naves de bandera extranjera que tienen por finalidad la sustitución de una nave que se encuentra en construcción dentro del territorio nacional, acreditado por el correspondiente contrato de ejecución debidamente suscrito, hasta por un plazo no mayor a cinco años adicionales.

La modificación de este artículo modifica la esencia de la ley, dado que contratos de comercio marítimo se llevan de 2 a 3 años como máximo, tiempo que es suficiente para traer naves de bandera extranjera y terminado el contrato se van, así nunca tendremos una Marina Mercante Fortalecida

Señores Congresistas, están destruyendo nuestra marina mercante nacional con esta modificatoria, destruirán puestos de trabajo, no crearemos know how, la ley puede perfeccionarse sin necesidad de ampliar el pasavante.

Por último SRA. LUCIANA LEON, ¿QUIEN LE PREPARO EL PROYECTO DE LEY?, entiendo que usted no podría haberlo elaborado porque después de haberla presentada colocó en su Twitter "Aprendiendo sobre el cabotaje"


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